La formación profesional dual en el sistema de formación profesional para el empleo se materializará a través del contrato para la formación y el aprendizaje.
- Destinado a mayores de 16 años y menores de 25 que carezcan de cualificación profesional reconocida para concertar el contrato en prácticas. Sin límite máximo de edad para personas con discapacidad y en exclusión social.
- Duración mínima de 1 año y máxima de 3. Por convenio colectivo podrá ser de entre 6 meses y 3 años.
- El salario será el que marque el convenio colectivo, y nunca inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
- El tiempo de trabajo efectivo, compatible con el dedicado a actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85% durante el segundo y tercero, de la jornada máxima prevista en el convenio o legalmente establecida.
- El trabajador estará protegido por todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo.
- La actividad formativa inherente al contrato será la necesaria para la obtención de un título de formación profesionales, certificado de profesionalidad, certificación académica o acreditación parcial acumulable, y debe estar relacionada con la actividad laboral desarrollada en el puesto de trabajo.
- Los centros participantes son los centros públicos y privados acreditados por la administración laboral para impartir formación de Certificados de Profesionalidad, y los centros públicos y privados concertados, autorizados por la administración educativa para impartir los Títulos de Formación de Profesionalidad. Asimismo, los centros integrados públicos y privados, los Centros de Referencia Nacional y las empresas para sus trabajadores que cumplan los requisitos de acreditación o autorización.
- Reducciones en las cuotas a la Seguridad Social: 100% en las empresariales cuando la plantilla de la empresa sea menor de 250 personas o del 75% si es igual o mayor de 250 personas; 100% en las cuotas del trabajador contratado.
- Bonificaciones por formación: las empresas se podrán bonificar el coste de la formación recibida por los trabajadores, así como por las horas de tutoría del tutor de empresa, con un límite de 40 horas al mes.
- Agotada su duración máxima, si se transforma en indefinido, las empresas tendrán derecho a una reducción en las cuotas de la Seguridad Social de 1.500€ al año durante los tres primeros años, y 1.800€ en el caso de ser mujer.